En relación al resultado arrojado por el etilómetro, debemos saber que para el caso de que las misma resultara positiva, o incluso en el caso de que fuera negativa si la persona examinada presentara síntomas evidentes de encontrarse bajo la influencia de dichas bebidas, el agente someterá al interesado, a efectos de contraste, a la práctica de una segunda prueba de detección alcohólica por aire espirado, debiendo mediar entre la primera y la segunda un intervalo mínimo de 10 minutos.
En relación a la prueba de contraste, el agente deberá informarnos del derecho que tenemos a contrastar los resultados obtenidos en la primera prueba, mediante un análisis de sangre, orina u otros análogos, que el personal facultativo del centro médico al que nos trasladaran estimara más adecuado. Dado que esta posibilidad se regula tan solo en torno a la prueba de contraste, no podemos solicitarlas directamente, debiendo realizar la primera prueba de verificación mediante aire espirado.
Por último, las pruebas para detectar la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, se llevarán a cabo mediante un test indiciario salival al que obligatoriamente deberá someterse el conductor. Cuando dicho test arroje un resultado positivo o el conductor presente signos de haber consumido las sustancias referidas, estará obligado a facilitar saliva en cantidad suficiente, que será analizada en laboratorios homologados, garantizándose la cadena de custodia. Al igual que en el caso anterior, podremos solicitar una prueba de constaste consistente en análisis de sangre, orina u otras análogas.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé la posibilidad de que el Juez de Instrucción dicte una orden de protección para las víctimas de violencia doméstica en aquellos casos en que existan indicios fundados de la comisión de un delito o falta y a su vez exista una situación objetiva de riesgo para la víctima.
Como ya mencionamos en artículos anteriores, la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé la posibilidad de que el Juez de Instrucción dicte una orden de protección para las víctimas de violencia doméstica en aquellos casos en que existan indicios fundados de la comisión de un delito o falta y a su vez exista una situación objetiva de riesgo para la víctima.
El primer paso para ejercer su defensa empieza por conocer qué derechos le asisten como detenido.
Ejerce tú derecho y designa libremente al profesional de tú confianza.
¿Y si lo obtuve pero me ha caducado?